La legitimación colectiva en la acción de amparo federal.
Abstract
A través de la acción de amparo colectivo, el ordenamiento constitucional nacional garantiza expresamente, desde el año 1994, la tutela efectiva de los derechos de incidencia colectiva fundamentales. Más aún, pareciera que este mecanismo se ha transformado en el remedio procesal de mayor importancia y difusión en la defensa de derechos colectivos en general. No obstante, la jurisprudencia y la doctrina nacional, enseñan que los elementos fundamentales que hacen a la admisión de esta acción constitucional, se afincan en la naturaleza de la pretensión y en la legitimación para accionar. En este marco, se plantean importantes problemas acerca de la identificación de los intereses cuya tutela se pretende y, especialmente, la adecuada identificación de los legitimados para interponer esta acción colectiva, lo cual constituye el eje de la problemática de este trabajo. En un contexto social, donde los derechos de incidencia colectiva han tomado trascendencia institucional volcados en el Código Civil y Comercial de la Nación y en las leyes de Defensa del Consumidor y del Ambiente, sin embargo, la problemática de la legitimación colectiva persiste en la discusión doctrinaria. Los lineamientos básicos para su identificación a partir de los cuales se plantea esta discusión, se encuentran en el artículo 43, segundo párrafo, de la Constitución Nacional, que enumera genéricamente la calidad extraordinaria de los legitimados activos, así como en la dogmática jurídica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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