El convenio regulador sobre los efectos del divorcio incausado en el ordenamiento jurídico argentino.
Date
2018Author
Tejada Rodriguez, Eduardo Exequiel
Abstract
El nuevo ordenamiento jurídico argentino ha significado en muchos aspectos, una actualización y acomodación a los tiempos actuales. Esto se hace particularmente evidente en al ámbito familiar, institución que se transformó de modo excepcional en las últimas décadas. En este sentido, la legislación busca normalizar el acto formal del matrimonio para quienes desean mantener voluntariamente ese proyecto de vida.
De igual modo, el Código Civil y Comercial de la Nación vigente desde 2015, respeta el derecho de las personas a disolver ese vínculo matrimonial, cuando así lo deciden; por tanto, se ocupa de regular el instituto del divorcio, incorporando los cambios que se consideran pertinentes en bien del futuro de los cónyuges y de los hijos si los hubiere.
Entre ellos, la nueva normativa legal deja atrás el sistema de divorcio con causa, incorporando el llamado divorcio incausado. Es decir que, ya no es preciso hacer referencia a alguna causa para que sea otorgable el divorcio. Asimismo, en el presente se excluye la instancia de reconciliación que planteaba el artículo 234 del Código anterior, el régimen de conversiones y, la figura de la separación personal instituida por la Ley Nº 23.515 (1987), entre otras. Al mismo tiempo, se presenta un único divorcio declarado judicialmente, el cual puede ser solicitado por uno de los cónyuges o por los dos.
El presente trabajo abarca esta temática y, más específicamente, refiere al convenio regulador de los efectos del divorcio incausado, analizando sus principales aristas, al tratarse de una de las innovación relevante del nuevo digesto legal.
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