Uniones Convivenciales. Antecedentes y recepción en el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Abstract
El presente Trabajo Final de Graduación, aborda como tema central las uniones convivenciales y su recepción en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. El creciente aumento de las uniones de hecho en el país –parejas unidas por afecto, sin voluntad de conformar un matrimonio tal como se encuentra receptado en el Código y que comparten una vida y proyectos comunes- ha generado la imperiosa necesidad de su inclusión en la normativa de fondo y es así que se la ha incluido en el Título III del nuevo Código Civil y Comercial. De allí en más, el Estado presta atención al cuidado de los vínculos entre personas que conviven sin estar casadas, otorgándoles el reconocimiento de efectos jurídicos, posibilitando su registración; dotándola de autonomía de la voluntad para celebrar pactos de convivencia, así como la posibilidad de regular los efectos de las uniones convivenciales durante la vigencia de la misma. Es posible regular también las relaciones patrimoniales, tanto como los efectos del cese de la misma y la distribución de los bienes.
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