Abstract
En el marco de la ley contrato de trabajo, 20.744, los trabajadores en relación de dependencia privada tienen 2 días de licencia por paternidad pagas, periodo que es excesivamente escaso. Esta cuestión resulta discriminatoria tanto para el papá, como para la mama, que es quien encuentra dificultades a la hora de insertarse al mercado laboral en relación de dependencia, dado que la licencia por maternidad es sensiblemente mayor. Incluso es discriminatoria para el hijo recién nacido, quien no puede ejercer su derecho fundamental a ser cuidado por ambos progenitores los primeros y vitales días de vida. Es inminente la modificación normativa del art. 158 de la citada ley, prueba de ello es la inmensa cantidad de proyectos en estado parlamentario. Finalmente, el proyecto de reforma laboral actual, incluye la modificación de la licencia por paternidad, extendiéndola a 15 días corridos, y aunque no sea ideal, lo cierto es que mejora las condiciones actuales.