¿La ley de reparación histórica es una solución constitucional a la movilidad previsional?
Abstract
En el presente trabajo, analizaremos como a lo largo de los últimos 20 años, los jubilados fueron perjudicados por el dictado de numerosas leyes, que lejos de brindarles una solución a los problemas de la movilidad de sus haberes, y al cálculo inicial de los mismos, los dejo cada vez más vulnerables y desamparados, obligándolos a recurrir a la justicia para encontrar una solución justa a su problemática, consagrando de este modo los derechos que la legislación fue conculcando, y que se encontraban amparadas nada más ni nada menos por nuestra Carta Magna.
Con este panorama jurisprudencial, y ante la laguna legal imperante, es que, en el año 2016, se sanciona la ley de Reparación Historia N° 27260, cuyo objetivo fue tratar de dar una solución a la problemática de fondo, y de esta manera, tratar de disuadir la litigiosidad previsional.
Ante este nuevo escenario consideramos apropiado efectuar un análisis de la propuesta planteada por la citada legislación, cotejando si resulta coincidente con los derechos consagrados en nuestra Constitución Nacional, otorgando soluciones definitivas a los problemas propios de nuestros jubilados, o si, por el contrario, resulta ser el principio de una nueva era de juicios contra el Estado Nacional, representado por la Administración Nacional de la Seguridad Social.
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