Instituto de Suspensión del Juicio a prueba. Procedencia en los casos donde la víctima es una mujer en el marco del ordenamiento jurídico argentino en concordancia con la Convención Interamericana de Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la mujer (Convención de Belem do Pará)
Abstract
La creciente influencia que reciben los ordenamientos jurídicos de los Estados por parte del derecho internacional respeto de los principios rectores universales de los derechos humanos obligan a los mismos a renovar sus legislaciones internas para adecuarse a tales legislaciones. La argentina no escapa a ello y encuentra en la actualidad un enfrentamiento jurídico entre el Instituto de Suspensión de Juicio a prueba incorporado a nuestro código penal como medio de solución alternativo de conflictos, y las obligaciones asumidas por nuestro Estado por la convención “Belem do Para”. Este trabajo realiza una valoración respecto del alcance que debe dársele a la nombrada convención y a dicho instituto con el fin de lograr armonizar la aplicabilidad de ambos en nuestro sistema de derecho sin lesionar lo principios fundamentales y rectores de del mismo.
Finalmente se arriba a la conclusión de que no todos los delitos en donde la víctima es una mujer son delitos cometidos bajo la órbita de la violencia de género, lo que permitirá la extensión de la aplicabilidad del Instituto de suspensión de juicio a prueba.
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