Abstract
Inquiero sobre la existencia y límites de un principio moral de no interferencia con la vida privada, tal que requiera sanción constitucional. Evalúo diversas alternativas de conceptualización y valoración de su fundamento: la autonomía personal. Quienes nieguen su valor tendrán concepciones defl acionistas de la no interferencia. Pero valorarla no implica un único modo de concebirla. Evalúo una formulación amplia que no se compromete con ninguna concepción. Presento luego las de Frankfurt/Dworkin y Raz. Indico las consecuencias que de ellas se siguen respecto de la delimitación del ámbito de libertad negativa. Ofrezco una redacción de la garantía conforme con cada postura y la contrasto con casos problemáticos.