Abstract
El Código Civil y Comercial de la Nación ha introducido numerosos cambios dentro del ordenamiento jurídico. Entre tales cambios, se encuentran los respectivos a las acciones de filiación, las cuales permiten reclamar los daños y perjuicios derivados de la ausencia de reconocimiento de la filiación. Ello, toda vez que se han receptado normativamente cuestiones que previamente se presentaron en la jurisprudencia, indicándose la preeminencia de la importancia del Derecho a la Identidad del niño.
En tal sentido, el presente trabajo abordará las acciones de filiación derivadas de la ausencia de dicho reconocimiento filiatorio, y los daños susceptibles de reclamo, a la vez que se analizará qué sucede en los casos de subrogación de vientres y en los casos de filiación por reproducción humana asistida.