Derechos del consumidor. Su vigencia en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Abstract
El consumidor, como sujeto de derecho, ha existido desde siempre, aunque se desconociera su existencia como tal, y aunque los ordenamientos legales no le hayan dado el lugar que el mismo debe tener en los sistemas de protección. No obstante ello, desde el desarrollo mismo de las primeras actividades comerciales, entendidas como tales aquellas que proponían intercambio de bienes y servicios entre dos sujetos distintos, comienza a participar en éstas en su rol de consumidor, sin siquiera advertir que de ello depende, en muchos casos, la pervivencia de industrias, comercios, al punto tal que, sin consumidor, no podrían existir las distintas actividades comerciales que se desarrollan en la sociedad.
A través de la propia evolución de la sociedad, y del avance de los sistemas legislativos, muchos de ellos comenzaron a reconocer en el consumidor distintos derechos que le protegen, propios de la misma relación de consumo.
A partir de mediados del siglo pasado, en varios países del mundo, la figura del consumidor es reconocida como tal, y los distintos sistemas legales, con altibajos, instrumentaron una serie de ordenamientos que propiciaban una protección efectiva del mismo en la relación de consumo.
En nuestro país, con la sanción de la Ley 24.240, y a partir de la reforma de la Constitución Nacional y de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, se advierten algunos cambios en la normativa protectoria del consumidor en la relación de consumo.
Este trabajo pretende clarificar en qué medida dichos cambios favorecen o no al consumidor, como la parte más débil en la relación jurídica, y cuál es el marco de soluciones que el mismo ordenamiento prevé ante dichos cambios.
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