La unión convivencial en el nuevo código civil y comercial de la nación.
Abstract
El presente estudio analiza la incorporación de las uniones civiles al sistema jurídico argentino mediante la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación; se trata de una de las instituciones que más debate ha tenido en la doctrina argentina. Con este horizonte se enuncian los antecedentes del derecho teniendo en cuenta aquellas fuentes que más impactaron en la conformación de nuestro soporte legal, que primero las desconoció, luego a fuerza de realidad fue reconociéndoles ciertas consecuencias jurídicas, para actualmente darle una regulación general.
Definidas las corrientes doctrinales que han pujado el movimiento pendular de la regulación o abstencionismo, surge la tensión entre la autonomía de la voluntad y el orden público, la libertad de vivir fuera de la institución matrimonial y la necesidad de resolver y evitar injusticias, propias de la falta de normas que regulen. Cada escuela plasma sus fundamentos y es el legislador o el gobernante quien ha decidido en cada momento la dirección a tomar.
Analizada la realidad social a través de la letra de la jurisprudencia y de los datos sociológicos obtenidos, quedó plasmada la fundamentación en la que se basó el legislador para optar por la regulación de las Uniones Convivenciales, una regulación que además se caracteriza por ser de tipo parcial, ambas decisiones recogieron críticas en diverso sentido por parte de aquellas dos corrientes.
Desarrollada la normativa que regula la nueva institución, caminamos por los distintos efectos jurídicos, vislumbrando las respuestas que buscó dar la ley a las realidades injustas del período anterior, así como las similitudes y diferencias con el matrimonio.
Definido con claridad el panorama objeto de estudio, se ponen de relieve las respuestas a nuestros interrogantes, aunque dejando la puerta abierta a un rico debate aun naciente sobre éste nuevo instituto.
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