Inconvenientes de la ley salteña de protección a las víctimas de violencia familiar: Falta de legitimación para denunciar y Desigualdad de poderes entre agresor y víctima en la audiencia ante el juez
Abstract
A pesar de ley Nacional 24417 de Protección contra la Violencia Familiar y Ley Provincial 7403 de Protección a las Víctimas de Violencia Familiar, todavía la situación no está resuelta y cada vez resulta más preocupante y agravante, debido a que en la Provincia de Salta, las estadísticas sobre violencia familiar crecen cada día más demostrando el grado de desconcierto sobre el tema. Es por este motivo que el presente trabajo analizará los inconvenientes de la ley salteña, específicamente la falta de determinación de la legitimación para radicar la denuncia en caso de víctimas mayores de edad y capaz, a los cuales la ley parece dejar de lado, ya que sólo especifica en caso de víctimas menores, incapaces, discapacitados, ancianos, produciendo un vacío inicial. Es así que la ley provincial sólo habilita a la propia víctima a realizar la denuncia, impidiendo que terceros pongan en conocimiento de la justicia los hechos de violencia.
Asimismo, en el presente trabajo se destacará la existencia de desigualdad de partes (agresor y víctima) en la audiencia ante el juez del art 9 de ley 7403 y, si es conveniente, una audiencia entre partes o si es mejor que el juez tome audiencias a cada una de las partes por separado y así disminuir el contacto de las partes, debido a que el excesivo desequilibrio de poder que existe entre ambos es de tal peso que la posibilidad de que la víctima sea coaccionada durante la audiencia es inevitable.
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