Abstract
La radicación en nuestro país de la empresa Uber para el traslado de pasajeros en vehículos particulares, a través de una aplicación tecnológica de telefonía móvil ha generado polémica no solo por la competencia que significa a los tradicionales proveedores del servicio de traslado de pasajeros (taxis y remises) sino porque existiría cierta conflictividad legal en el caso de resarcir un daño ocasionado por un accidente durante la prestación del servicio. ¿Debe responder el dueño del vehículo o la empresa que organiza y presta el servicio? El marco conceptual, doctrinal y legal sobre la problemática de la responsabilidad civil de empresa y transportista ante daños ocasionados en un accidente de tránsito, así como la ley de defensa al consumidor, aportan elementos para reflexionar sobre los alcances y limitaciones de esta novedosa empresa.