Abstract
En la actualidad, la necesidad de adquirir indumentaria para el abrigo o adorno del cuerpo no es fácil de satisfacer para aquellas personas que poseen un cuerpo con medidas que no se adaptan a lo que socialmente se considera normal.
La legislatura de la provincia de Córdoba, en septiembre de 2015, sancionó la Ley Nº 10.302, la cual dispone que cada fábrica y comercio dedicados a la confección, distribución y comercialización de indumentaria deban proveerla en todos los talles necesarios conforme a los rangos etarios y antropométricos de la población que ocupa el territorio provincial.
La ley debió haber sido reglamentada en un período máximo de 180 días a partir de su creación, plazo que vencía en el mes de marzo de 2016, empero aún no existe reglamentación ni autoridad competente para ejercer su control.