Sistema previsional argentino - Régimen previsional especial y diferencial
Abstract
Los regímenes previsionales parten del principio de igualdad de trato entre todos los que participan en él. No obstante ello, esa igualdad no es aritmética. La realidad social es muy diversa. Así hay actividades que producen en el trabajador un deterioro mayor que otras, y como la sociedad quiere que esas actividades se sigan desarrollando, a modo de incentivo se idearon distintos esquemas que modifican los parámetros jubilatorios. Estos originan los llamados regímenes especiales y diferenciales, los cuales representan aquellos regímenes previsionales que establecen exigencias menores a las del Régimen General, con fundamento en las circunstancias especiales a que el trabajador se encuentra sujeto durante su vida activa y que merecen un tratamiento distinto que el acordado al resto de los trabajadores.
Un amplio marco normativo regula el derecho previsional especial y diferencial, de ahí la importancia de conocerlo y la necesidad de efectuar una modificación de la legislación evaluando las tareas que se consideran insalubres, de las cuales algunas hoy ya casi no están vigentes, existiendo otras que aparecen en la actualidad y que bien podrían ser declaradas diferenciales o especiales, según el caso, por la autoridad de aplicación debido a las nuevas tecnologías, procesos industriales, o como un incentivo a los trabajadores que realizan servicios que le provocan algún tipo de deterioro psicofísico.
Un código previsional que reúna todas las normas y procedimiento que contemple todas las actividades y que determine los requisitos y el derecho para acceder a las prestaciones que la seguridad social debe garantizar a sus afiliados, sería una verdadera opción para integrar el derecho previsional en un ordenamiento jurídico especifico.
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