Medicina prepaga, nuevo marco normativo. Alternativas estratégicas y contractuales después de la Ley 26.682
Abstract
La ley nacional N° 26.682, sancionada y promulgada en el mes de mayo del año 2011, significó la primera normativa específica en regular el sector de la medicina prepaga.
Hasta ese momento, las empresas de medicina prepaga actuaban en un marco de libertad contractual, siendo la costumbre y algunos principios legales aplicados analógicamente, los que determinaban el desarrollo del negocio.
Pero la ley 26.682, aunque deseada y esperada tanto por el sector de la salud como por el resto de la sociedad, introdujo grandes polémicas en cuanto a su cumplimiento efectivo.
Los fines tácitos contenidos en la normativa, esencialmente opuestos a los declarados en forma expresa en el articulado, fueron desvirtuando la utilidad de la reglamentación, promoviendo la contratación con el subsistema privado, en lugar de garantizar un derecho a la salud pública inherente a la calidad de ciudadano.
No obstante ello, y ante la necesidad de mantener su rentabilidad, las empresas de medicina prepaga debieron adaptar sus esquema de contratación, y la estructura de sus negocios, a los fines de dar cumplimiento a la ley, y de alcanzar los objetivos de sus inversionistas.
¿Fue acertada la regulación? ¿Se legisló sobre lo que este esquema contractual requería? ¿O se perdió una oportunidad única de encauzar una actividad rentable y eficiente?
Este trabajo intentará responder a estas cuestiones, enfocando el análisis en el tipo contractual, en las virtudes y falencias de los sistemas anterior y actual, y demostrando que los logros de cobertura universal deben buscarse a través de políticas sanitarias efectivas, y de una gestión eficiente del presupuesto nacional de salud.
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