Abstract
Los cambios sociales modificaron las estructuras familiares a través del tiempo. Se dejaron de lado las formas tradicionales de familia. Las uniones convivenciales son una realidad que el legislador no protegió hasta la sanción del Código Civil y Comercial. En la actualidad, hay un reconocimiento más amplio de derechos para el conviviente. La atribución de la vivienda familiar, los deberes de asistencia, son algunos aspectos reglamentados. Sin embargo, hay una diferencia entre las uniones registradas y no registradas. A estas últimas, el legislador les reconoce muy pocos derechos. No puede igualarse una unión convivencial al matrimonio, hay un núcleo mínimo de protección pero con diferentes ventajas y desventajas para quienes deciden vivir en la informalidad.