¿Son abusivas las cláusulas contractuales mediante las cuales se exime de responsabilidad al fiduciario?
Abstract
El Fideicomiso es una vieja institución que viene del derecho romano. Vélez Sarsfield la incorporó al Código Civil como dominio fiduciario y recién en el año 1994 se dictó la ley 24.441 que regula el contrato de fideicomiso como un instrumento necesario para diversos emprendimientos económicos. La ley, deficientemente regulada trata el tema en muy pocos artículos. Y digo deficientemente regulada porque considero, que al ser una figura tan compleja por la cantidad de relaciones obligacionales que contiene, faltaría en ella desmenuzar su contenido para que pueda ser entendida, comprendida y aplicada tanto por los profesionales de la ley como los que no lo son, como por ejemplo la ley de Sociedades Comerciales N° 19550 y sus modificaciones, entre otras. Esta obra está orientada a revisar si son abusivas o no, las cláusulas que limitan la responsabilidad del fiduciario en el contrato de fideicomiso. Para ello fue necesario conocer la institución -tratar sus antecedentes- especialmente el trust inglés; el dominio fiduciario, el contrato, sus caracteres, sus elementos esenciales, las partes intervinientes, los efectos entre ellas, es decir sus derechos y deberes y luego los efectos frente a los terceros, su extinción, las clases de fideicomisos, entre otros. En la difícil tarea de hablar de la responsabilidad del fiduciario, primero, trataré la responsabilidad en general para luego desentrañar la que le corresponde particularmente al fiduciario. Cuestión que ha traído innumerables problemas como por ejemplo la limitación de la responsabilidad del fiduciario en las relaciones de consumo, la inseguridad que genera esta limitación entre las partes intervinientes y los
terceros interesados, hacer valorar derechos de los beneficiarios y los terceros que se consideran afectados por los daños provenientes de su actuar ilícito del fiduciario, entre otros. Las partes al contratar suelen colocar cláusulas que limitan su responsabilidad.
Cláusulas que terminan siendo abusivas. En al ámbito de la responsabilidad del fiduciario tiene muchas veces relevancia la Ley de Defensa del Consumidor, especialmente luego de la última reforma que amplió el número de legitimados para invocarla. En definitiva esta figura se basa, como su nombre lo indica, en la confianza que otorga al fiduciario, exigiéndole que ejerza sus funciones como un ―buen hombre de negocios‖. Es por ello que cuando en los contratos se limita en forma excesiva su responsabilidad, crea cierta desconfianza en el negocio jurídico y en el fiduciario que como resultado invierte la naturaleza jurídica del fideicomiso.
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