La legítima hereditaria, los límites impuestos a la capacidad de testar y la autonomía de la voluntad
Abstract
El derecho sucesorio, básicamente, es aquel que regula la transmisión de bienes entre las personas. Puede ser por actos entre vivos o por causa de muerte. La que nos interesa, es esta última, que a su vez puede ser testamentaria o intestada. La primera, es la disposición de bienes que realiza el causante mediante un testamento.
Mientras que la segunda es la transmisión de bienes establecida por la ley, la cual emplea el instituto de la legítima.
La problemática que plantea el presente Trabajo Final de Graduación es cómo el instituto de la legítima y los límites a la capacidad de testar, en el derecho argentino incluyendo la nueva normativa de Nuevo código civil que entra en vigencia en agosto 2015, restringen la autonomía de la voluntad de las personas.
La legítima es un instituto de la rama sucesoria que surge del derecho romano.
Se refiere a la exigencia impuesta por la ley al causante para que disponga obligadamente una porción de sus bienes a los legitimarios o herederos forzosos. Que son los descendientes, ascendientes, cónyuge sobreviviente y parientes colaterales.
A raíz de ello, conjuntamente con los límites a la capacidad de testar establecidos por nuestro codificador, el causante sólo puede disponer libremente de una porción muy pequeña de sus bienes, afectando de este modo su propia voluntad.
Tal como se puede ver en países como Italia, España, Ecuador, Irlanda, Escocia, a diferencia de lo que ocurre en otros lugares como Estados Unidos, México, Inglaterra en donde rige la libertad de testar