La responsabilidad civil del Estado por prisión preventiva. “La pretensión indemnizatoria como secuela del daño sufrido”
Abstract
La responsabilidad que recae sobre el Estado por la actividad judicial encuentra su fundamento en los supuestos de error judicial y en el anormal funcionamiento de la administración de justicia. Todo persona que vea cercenado su derecho de libertad ambulatoria en razón de haber sido sometido a proceso y de resultas obtiene sobreseimiento o absolución por alguno de los fundamentos mencionados, tendrá derecho a reclamar la reparación del daño sufrido que la medida coercitiva de encierro le haya ocasionado como consecuencia de un acto incuestionablemente infundado o arbitrario.
Tal reclamo reviste amparo legal en la norma supranacional como asimismo en los pactos internacionales.