Derecho real de hipoteca - Los principios de especialidad en cuanto al crédito y al costo - Sus implicancias sustanciales y procesales en orden a su existencia y validéz
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Author
Sampayo, Mariano Eduardo
Abstract
La temática propuesta en el presente trabajo final de graduación trasunta sobre un instituto de fundamental importancia en orden a la previsión de las garantías reales en las relaciones jurídicas. Propiamente, la garantía hipotecaria. En este sentido, luego de efectuar las referencias propias de su evolución histórica; el abordaje de su definición y sus críticas se ha reparado en su naturaleza jurídica; considerándolo como un Derecho Real accesorio.
También como parte del desarrollo efectuado, se ha reparado en sus caracteres esenciales y naturales contrastando la apuntada naturaleza jurídica con dichos caracteres a los fines de virtualizar, a la hora del abordaje del elemento esencial especialidad, la implicancia, sustancial y procesal, de su inobservancia; ya que nuestro ordenamiento sanciona con el efecto de nulidad la constitución de una garantía real hipotecaria en incuplimiento de las disposiciones sobre la especialidad. En este sentido, se ha efectuado un análisis doctrinario de autores del derecho comparada y nacional sobre dichos tópicos; la referencia su tratamiento jurisprudencial y el abordaje del fenómeno de las denominadas hipotecas abiertas y las garantías constituídas por saldos de cuentas corrientes bancarias. Finalmente, y en contraste con los tópicos abrdados, se ha introducido una conclusión personal sobre la especial hipotecaria; abundando argumentos en apoyo de la tesis que propicia la improcedencia, conforme nuestro sistema jurídico, de la garantías hipotecarias abiertas, en razón de la necesidad de observar en el acto constitutivos, a los fines de agotar el cumplimiento de las normas de especialidad, la expresión del inmueble objeto de la garantía y, fundamentalmente, la causa de los créditos garantizados; todo ello para tener por válida y eficaz la garantía prevista por las partes. Dicho abordaje se ha efectuado en razón de considerar a la garantía real hipotecaria como un derecho de intermediación y difusión crediticia; extremo jurídico-económico que confiere virtual importancia a este derecho.