La Mediación Penal para la resolución de conflictos penales reprimidos con penas leves. Su incorporación en la Provincia de Córdoba a través de un Proyecto de Ley.
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Author
Barbero, Clarisa
Abstract
En la actualidad, el sistema penal se encuentra fuertemente impactado por el crecimiento delictivo, mostrándose incapacitado para atender todas las denuncias, tramitarlas y hacerlas concluir en sentencia condenatoria o absolutoria. Es decir que, en la práctica, solo un pequeño porcentaje de las causas penales que ingresan al procedimiento judicial, llegan a tener un pronunciamiento definitivo tras la celebración del debate.
Ante esta innegable verdad, son los órganos encargados de impartir justicia quienes deben establecer un orden de prioridades de las causas a resolver, que si bien pueden no resultar antijurídicos, se basan en criterios extrajurídicos.
Dicho orden de prioridades se desarrolla a través de mecanismos selectivos de las causas a resolver, dentro de los cuales se encuentra el criterio de oportunidad procesal, el cual permite que se fijen pautas selectivas que determinen cuáles hechos presuntamente delictivos merecen ser investigados, pautas éstas que son establecidas por la política criminal. Así, estos principios surgen como una alternativa realista ante la crisis existente.
Por otro lado, no puede soslayarse la realidad de las cárceles colapsadas, donde imperan la carencia de recursos materiales y humanos, alimentación precaria, hacinamiento, un sistema de salud endeble, educación exigua, la sobrepoblación, etcétera, lo que determina que la anhelada “resocialización” del condenado no se obtenga en los establecimientos carcelarios, por el contrario, en la mayoría de las casos, el encierro por más corto que sea, se convierte en un factor que no solo puede empeorar la conducta de los internos, sino que una vez que recuperan su libertad, la reinserción social se vuelve prácticamente imposible, se encuentran ‘estigmatizados’, en una situación de exclusión social.
Todo ello genera la necesidad imperiosa de incorporar a la legislación penal vigente medidas alternativas al encierro para los delitos leves.
Dentro de estas alternativas, se presenta la Mediación Penal, instituto que propone la reparación del daño causado con la mínima intervención estatal, y un amplio accionar del imputado y la víctima, dejando la pena privativa de libertad, como última respuesta al conflicto, procedente solo si fracasare el intento conciliatorio de las partes directamente involucradas.