El daño emergente del no reconocimiento del hijo extramatrimonial y la responsabilidad del progenitor omitente
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Author
Schiaffino, Octavio José
Abstract
Por medio del presente Trabajo Final de Grado, que se ha titulado “El daño emergente del no reconocimiento del hijo extramatrimonial y la responsabilidad del progenitor
omitente”. Se toma en cuenta en primer lugar la evolución en cuanto a la Responsabilidad Civil y el Derecho de Daños desde sus fuentes Romanas hasta la época contemporánea y el Derecho de Familia, tendiendo a una vinculación cada vez más
importante entre ambas ramas del Derecho.
Como el título lo describe, se analizarán las distintas posturas doctrinarias en torno a la posibilidad de sentenciar al padre que no reconoce voluntariamente al hijo nacido del vínculo con una mujer, responsabilizándolo civilmente por los daños morales y o materiales del niño.
Se develará si el hijo no reconocido por su progenitor es pasible de sufrir daños en su persona, por medio del menoscabo al no ser emplazado al estado de hijo de padre y
madre, generándole un estigma en su desempeño ante la sociedad.
Al no contar con una legislación específica de tipifique al no reconocimiento voluntario del padre como un ilícito, se analizarán cuales deben ser los presupuesto de la
Responsabilidad Civil que deben encontrarse en el contexto de la omisión del emplazamiento al estado de hijo, siguiendo los principios generales del derecho de no dañar al otro.
Para finalizar se tendrá en cuenta el actuar de la madre para ejercer la facultad que le otorga la ley como representante legal de su hijo menor de entablar ante el juez competente la acción de filiación y por daños correspondiente.
Siendo los resultados de esta investigación, la conclusión de que todo hijo tiene derecho de conocer y ser reconocido por sus progenitores voluntariamente, y ante la omisión de
dicho emplazamiento se generan daños morales en el niño y materiales que deben ser subsanados por imperio de la ley.
La posición adoptada en este trabajo, es que la ausencia del reconocimiento espontáneo del padre respeto del hijo, constituye un ilícito ya que daña moralmente al niño y
genera una responsabilidad civil al padre omitente.