La presentencialidad penal en los procesos de responsabilidad por daños.

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Cuando un acto ilícito civil integra alguno de los tipos represivos legalmente contemplados, nacen de un mismo hecho, al menos dos acciones: una penal (netamente represiva) y otra civil, (eminentemente reparatoria), destinada a resarcir las secuelas del evento dañoso. El pretenso tiene la posibilidad de interponer la acción resarcitoria ante el mismo órgano judicial penal que juzga el delito, o independiente y separadamente, ante un tribunal civil; esta dinámica optativa, se denomina “presentencialidad penal”. La norma en análisis establece como criterio rector que, a causa de la preeminencia del proceso penal sobre el trámite del proceso civil, debe “suspenderse” el dictado de la sentencia de ésta última hasta la sentencia definitiva “firme” en el juicio criminal; ésta pauta tiene sustento en el orden público y en la necesidad de dotar al sistema de seguridad jurídica, evitando que lo que una sentencia penal tenga por cierto, pueda al mismo tiempo ser juzgado como inexistente, dubitable o controvertido por otro justiciable iusprivatista, evitando así, posibles sentencias contradictorias. El principio de prelación del dictado de la sentencia penal sobre la civil, tipifica dos excepciones tradicionales; éstas dos excepciones a la regla, al decir del autor, gozan de incompletitud, ante las múltiples y variadas situaciones planteadas en los estrados judiciales, provocando, a más de la indefensión de la víctima del delito en el caso concreto (o sus sucesores, en caso de muerte), una flagrante denegatoria de justicia. Es por ello que el autor propone modificaciones al instituto estudiado. Cuando un instituto jurídico, no funciona adecuadamente hay que agionarla a los tiempos que corren, para que cumpla con la finalidad por la cual fue creada. Es por ello que, la presentencialidad penal debe redefinirse; de ahí la propuesta de reforma al relevante artículo 1101 del Código Civil Argentino.

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Áreas temáticas::DERECHO::Derecho penal, Áreas temáticas::INVESTIGACIÓN, Áreas temáticas::DERECHO

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