DERECHO AMBIENTAL: Problemas probatorios en el proceso. Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Primera Nominación de la Segunda Circunscripción Judicial, Córdoba, 2014, "Albera, Osvaldo O. y otro c/ Gastaldi Hnos. SAIYCFI", sentencia definitiva no 54, Ordinario, 1 de Septiembre de 2014.

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2020

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Resumen

Para abordar el presente trabajo comenzaremos por establecer una definición de Derecho Ambiental. A tal fin, nos adherimos a lo expuesto por el jurista Brañes (2000), que lo conceptualiza como un conjunto de normas jurídicas que regulan los comportamientos de las personas que pueden influir en los procesos de interacción con los organismos vivos y el medio ambiente, generando conductas que puedan llegar a modificar dichos sistemas. El Derecho Ambiental es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, en su artículo 41 y en la Constitución de la Provincia de Córdoba, en su artículo 66, además de contar con la Ley General del Ambiente No 25.675, que establece, entre otras cosas, el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de preservar el mismo.
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fallo, derecho ambiental

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