Corte Suprema: fallo “Caminos”, errónea interpretación normativa. Nuevo parámetro sobre la discriminación laboral

dc.contributor.advisorBaena, César Daniel
dc.contributor.authorPalavecino, Ana Lorena
dc.date.accessioned2022-11-24T18:45:42Z
dc.date.available2022-11-24T18:45:42Z
dc.date.issued2022-10
dc.description.abstractEn la presente nota a fallo se analiza en detenimiento la sentencia nro: 344:1336 caratulada: “Caminos, Graciela Edith c/ Colegio e Instituto Nuestra Señora de Loreto s/ despido” de fecha 10 de junio de 2021. Recurso de hecho deducido por la actora en la causa sobre la cual, la Corte Suprema de Justicia de Nación debe decidir sobre su procedencia. En él se solicita la nulidad del acto rescisorio de la relación laboral, su reinstalación y reparaciones pertinentes. Dicha petición fue denegada por la Sala Cuarta de la Cámara del Trabajo de la Provincia de Córdoba y confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la misma provincia. Se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. En un mundo que está en constante trasformación y en lucha por la igualdad, libertad y justicia; que pretende erradicar conductas negativas tradicionalmente aceptadas, pero erróneas, causadas por estereotipos, creencias y sentimientos. En un contexto social donde la discriminación es una de las principales consecuencias que generan estas conductas o comportamientos, nos damos cuenta que ella (discriminación) está presente y atraviesa distintos ámbitos de nuestras vidas y no queda exento de la misma, el mundo laboral. Es por ello que se hace hincapié en lo novedoso y trascendental que puede ser este fallo para la sociedad, puesto que trata el tema de la discriminación ya no por una cuestión gremial, sindical, de nacionalidad o sexo como se viene abordando de un tiempo a esta parte; pues hace lugar a una situación personal, evitando así que la discriminación avance hacia otros sectores importantes como lo es la vida privada e íntima de cada persona. Poniendo de manifiesto esta situación, podemos ver la importancia de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante, CSJN) haya brindado el remedio Federal, aun cuando las pronunciaciones de los Tribunales Superiores provinciales, no son susceptibles de revisión por medio de un recurso extraordinario. Esto genera socialmente un impacto positivo ya que se hace prevalecer la seguridad jurídica y justica social.es
dc.description.abstractDESTACADO
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/25905
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectNota a falloes
dc.subjectDerecho laborales
dc.subjectDiscriminación laborales
dc.titleCorte Suprema: fallo “Caminos”, errónea interpretación normativa. Nuevo parámetro sobre la discriminación laborales
dc.typebachelorThesises

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