Trabajo final de grado
Acceso abierto
Crisis Del Binarismo Filial
Cargando...
Fecha
Autores
Perez, Jorgelina
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad Siglo 21
Resumen
El concepto de familia es una construcción cultural de una sociedad determinada en un
momento histórico determinado, y por lo tanto cambiante de modo que no existe un modelo
universal e inmutable de familia sino diversos tipos (Pauloni, 2022, p. 1). El avance científico
en las Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) ha permitido la concepción del ser
Humano sin la necesidad de relación sexual, este avance científico motivó que en la reforma
del Código Civil y Comercial de la Nación (CCYCN), se introdujera una nueva fuente de
filiación basada en la voluntad procreacional de las personas; la misma puede definirse como
el querer engendrar un hijo, darle afecto y asumir la responsabilidad por su educación y crianza,
este aspecto volitivo de la ley permitió la constitución de diversos modelos familiares. La
existencia de uniones afectivas donde la reproducción natural no resulta posible, obligan
admitir la construcción de un parentesco que no se funde en bases biológicas, sino en la
construcción de vínculos basados en la socioafectividad (Krasnow, 2019, p. 5). Ello se refleja
en la causa “ Y OTROS s/ INFORMACION SUMARIA ”. EXPE 21175/2022 en la cual tres
personas adultas, capaces y con pleno goce de facultades mentales, unidas por vínculos
afectivos y el deseo de maternar/paternar idean un proyecto familiar novedoso, elaboran un
plan de parentalidad en el que los tres pretenden una relación paterno-filial con el menor, que
posteriormente fuera concebido por medio de TRHA. Acontecido el nacimiento del niño
peticionan ante el Juzgado de familia el reconocimiento legal de la filiación pluriparental del
menor. Esta acción va en contra de lo dispuesto en el último párrafo del art. 558 del CCYCN
que pregona que “ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la
naturaleza de la filiación”.