Derecho a la privacidad en ámbito laboral

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2023-11

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Si bien el tiempo cambia, las leyes se modifican y el derecho se encuentra en una constante evolución según las necesidades de la sociedad concurren desaciertos en cuanto a su aplicación. El presente fallo trata de una empleada que tuvo una desvinculación laboral discriminatoria, “Caminos, Graciela Edith c/ Colegio Instituto Nuestra Señora de Loreto s/despido”. Fallo: 344:1336 (2021). El tema que da relevancia y sienta precedencia al mismo expone la existencia de una conducta discriminatoria por parte del empleador, a causa de la difusión pública en un programa televisivo de la relación sentimental con un ex alumno de la escuela donde la actora se desempeñaba como preceptora. Lo cual el art. 1 de la ley 23.592 segundo párrafo establece ... “se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos”. Ley N° 23.592. (1988) En tanto el artículo 19 de la Constitución Nacional dispone en prosa jurídicamente correcta y muy estilizada, autoridad. "...Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”. Const. (1994). Permitir a los individuos un ámbito de libertad para tomar decisiones fundamentales sobre su personalidad, sin intervención estatal o individual, siempre que dichas decisiones no atenten contra el orden, la moral pública o los derechos de terceros.

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Keywords

Derecho laboral, Despido discriminatorio, Nota a fallo

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