La perspectiva de género y la violencia contra la mujer, un futuro incierto
Fecha
2022-11
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Resumen
El fallo objeto de análisis de autos “C. P. M c. R. G. C s/ Cumplimiento de contratos
civiles/comerciales” ( CACC, 26897- 2013, 2020) de la Cámara de Apelaciones en l o Ci vil
y Comercial de Morón, Sal a II, es jurídicamente relevante debido al abordaje que realiza
la misma sobre la perspectiva de género, teniendo en cuenta diversos preceptos
internacionales y nacionales. Con este fallo se reafirma la importancia de la perspectiva
de género y los derechos fundamentales de la mujer a no ser discriminada, ni violentada
y/ o vulnerada.
La importancia de este fallo surge debido a la violencia psicológica que se ha
ejercido hacia la víctima por parte de su ex pareja, siendo esto traumático para la mujer y
dejando en ella huellas psíquicas. Surge del mismo también un precedente y demuestra
cómo los jueces tienen la obligación de juzgar con perspectiva de género cuando una
mujer es víctima de violencia.
Amén de lo antedicho, en el fallo bajo análisis, podemos situar un problema
jurídico de relevancia. El mismo está concebido como un problema de determinación de
la norma que es aplicable al caso en concreto ( Moreso y Vilajosana, 2004). El Tribunal
interviniente analiza, interpreta y aplica el Código Civil derogado y la Ley 26.485 ( Ley
26.485, 2009). Al momento de la sanción del código hoy derogado, no existía normativa
protectora de los derechos de la mujer, que hoy sí existe y que obliga a los jueces a fallar
teniendo en cuenta dichas normas, son ejemplo de las mismas la citada ley 26.485 en el
ámbito interno, y la Convención de Belém Do Pará en el ámbito internacional, más
precisamente en su artículo 7 ( Ley 24. 632, 1996, art. 7).
Descripción
Palabras clave
Nota a fallo, Cuestiones de género, Perspectiva de género