La perspectiva de género y la violencia contra la mujer, un futuro incierto

Fecha

2022-11

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Resumen

El fallo objeto de análisis de autos “C. P. M c. R. G. C s/ Cumplimiento de contratos civiles/comerciales” ( CACC, 26897- 2013, 2020) de la Cámara de Apelaciones en l o Ci vil y Comercial de Morón, Sal a II, es jurídicamente relevante debido al abordaje que realiza la misma sobre la perspectiva de género, teniendo en cuenta diversos preceptos internacionales y nacionales. Con este fallo se reafirma la importancia de la perspectiva de género y los derechos fundamentales de la mujer a no ser discriminada, ni violentada y/ o vulnerada. La importancia de este fallo surge debido a la violencia psicológica que se ha ejercido hacia la víctima por parte de su ex pareja, siendo esto traumático para la mujer y dejando en ella huellas psíquicas. Surge del mismo también un precedente y demuestra cómo los jueces tienen la obligación de juzgar con perspectiva de género cuando una mujer es víctima de violencia. Amén de lo antedicho, en el fallo bajo análisis, podemos situar un problema jurídico de relevancia. El mismo está concebido como un problema de determinación de la norma que es aplicable al caso en concreto ( Moreso y Vilajosana, 2004). El Tribunal interviniente analiza, interpreta y aplica el Código Civil derogado y la Ley 26.485 ( Ley 26.485, 2009). Al momento de la sanción del código hoy derogado, no existía normativa protectora de los derechos de la mujer, que hoy sí existe y que obliga a los jueces a fallar teniendo en cuenta dichas normas, son ejemplo de las mismas la citada ley 26.485 en el ámbito interno, y la Convención de Belém Do Pará en el ámbito internacional, más precisamente en su artículo 7 ( Ley 24. 632, 1996, art. 7).

Descripción

Palabras clave

Nota a fallo, Cuestiones de género, Perspectiva de género

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