Uniones convivenciales y derecho sucesorio: La ausencia de vocación hereditaria del conviviente superstite.

dc.contributor.advisorRebora
dc.contributor.authorFornillo, Ayelen
dc.date.accessioned2019-12-06T16:48:09Z
dc.date.available2019-12-06T16:48:09Z
dc.date.issued2019
dc.description.abstractLa importancia de la reforma del Código Civil y Comercial radica en su fusión con la Constitución Nacional, junto a los Tratados Internacionales incorporados en 1994. El derecho de familia se vio afectado por las modificaciones que tuvo, dentro de las cuales una de la más significativas fue la incorporación de las uniones convivenciales. Si bien se trató de un gran avance, el Código Civil y Comercial omitió otorgar al conviviente supérstite vocación hereditaria en posible contradicción a los principios constitucionales que protegen al derecho familiar y a los fundamentos del derecho sucesorio.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/17049
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/*
dc.titleUniones convivenciales y derecho sucesorio: La ausencia de vocación hereditaria del conviviente superstite.es
dc.typebachelorThesises
ep.inventario007772

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