Acusación Calumniosa. Requisitos y procedencia.

Date

2021-09

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En este trabajo se abordará el análisis del fallo dictado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala L, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha tres de Julio del año dos mil diecinueve (03/07/2019), en autos caratulados: “C.R., J.D c/ S.C.M. s/ Daños y Perjuicios” (Expediente Nro. 57.345/2012) y el cual comprende no solo una investigación de la cuestión puramente jurídica sino de su preámbulo relacionado con la perspectiva de género. De la lectura del fallo de mención, detecto que entre los problemas de razonamiento jurídico con los cuales el Juez debió trabajar al momento de resolver, se encuentra el de prueba, en relación con los hechos, declaraciones testimoniales, y demás circunstancias que sirvieron de fundamento en la causa penal, para luego analizar la concurrencia de los requisitos del Art. 1089 y Art. 1090 del código velezano (hoy derogados). De esta manera, recaerá sobre el actor del proceso civil el deber de demostrar que la denunciante no tenía razones justificables para creer que el damnificado estaba implicado y se examinará si la denunciante actuó con una negligencia "grosera" al momento de formular la denuncia. De manera preliminar, también se analizará la incorporación de la perspectiva de género en la labor jurisdiccional, poniendo en consideración situaciones estructurales con desigualdad y visibilizando la presencia de discriminación por género en la valoración de hechos y pruebas.
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Keywords

Género, Desigualdad

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