Constitucionalidad de la ley 7722 Protección y defensa del derecho al agua
dc.contributor.advisor | María Belén Gulli | |
dc.contributor.author | Joauven, Marianela Rita | |
dc.date.accessioned | 2021-09-16T08:24:46Z | |
dc.date.available | 2021-09-16T08:24:46Z | |
dc.date.issued | 2020 | |
dc.description.abstract | A modo introductorio es menester mencionar determinados conceptos para que el lector se adentre en tema. Con respecto a la definición de ambiente se dice que , “el ambiente es un conjunto de elementos naturales, que circunda al hombre, lo sustenta y padece su impacto, pero también lo condiciona, lo limita, lo agrede y modifica” (Valls,2010, p. 9). El derecho al ambiente en Argentina se encuentra regulado a partir de la reforma constitucional de 1994 en el artículo 41, el cual reza lo siguiente: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. | es |
dc.identifier.uri | https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/20820 | |
dc.language.iso | spa | es |
dc.rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional | * |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | * |
dc.subject | medio ambiente | es |
dc.subject | inconstitucionalidad | es |
dc.title | Constitucionalidad de la ley 7722 Protección y defensa del derecho al agua | es |
dc.type | bachelorThesis | es |
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