Fideicomiso contractual ordinario. Análisis jurídico y tributario. Una modalidad: El inmobibliario

dc.creatorPeretti Ricart, María Victoria
dc.date.accessioned2016-03-04T19:02:26Z
dc.date.available2016-03-04T19:02:26Z
dc.date.issued2007
dc.date.submitted2007-06-15
dc.description.abstractEn el presente proyecto, se pretende realizar un abordaje del fideicomiso contractual ordinario como un remedio aplicable a la crisis habitacional argentina. Bien es sabido que, en nuestro país, la situación de emergencia se ha tomado en moneda corriente, y la escasez de viviendas no vino a erigirse en uno de los factores exceptuados de esta tendencia. Esta crisis aguda, tomó imperiosa la toma de medidas específicas, tendientes a que el sistema de política inmobiliaria no hiciese oídos sordos a una suplicante realidad. En 1994, el legislador vino a poner coto a las circunstancias apuntadas, dedicándole por primera vez, al financiamiento de la vivienda y la construcción, un capítulo aparte en nuestra legislación. Y fue así como tuvo génesis la ley 24.441, en la cual, con el fin de dotar de adecuadas herramintas a la política inmobiliaria y habitacional, se define y regula el fideicomiso en su faz contractual y testamentaria, y se crea su modalidad finaciera. Hoy trece años más tarde, es un extremo harto indiscutible que desde el mismo momento en que tuvo recepción legislativa en nuestro país, el instituto abrió múltiples y novedosas posibilidades jurídico negociales, inimaginables otrora, en tiempos en que sólo existían las disposiciones del Código Civil. Gracias a sus reformas y reglamentaciones, el fideicomiso ha encontrado en Argentina un vasto campo de aplicación, cuya mayor providencia es su utilización como vehículo para canalizar emprendimientos ligados a la vivienda y a la construcción. Pero, como suele ocurrir con todos los institutos de corta trayectoria, la experiencia negocial, en esta área específica, ha avanzado a pasos agigantados, dejando a los juristas del sector muy por detrás, caminando a paso de hombre. De ahí que resulte conveniente y oportuno realizar un análisis del instituto a la luz de esta novísima posibilidad jurídico negocial que se ha abierto camino. Por ello, este proyecto pretende realizar un aporte a la comunidad jurídica, mediante una revisión documental crítica que aglutine los semblantes jurídicos principales de la figura, sumado a un abordaje tributario que atisbe un encuadre fiscal del instituto, todo ello con especial referencia al fideicomiso inmobiliario, a modo de revelar las ventajas que implica encauzar un emprendimiento en el ámbito de la construcción y de los negocios inmobiliarios mediante la utilización del fideicomiso como vehículo canalizador, por sobre los pros de acanalarlo, ora mediante formas societarias, ora a través de otros medios organizativos. Pues ello, a más de brindar un nuevo elemento de estudio a los científicos del derecho, tendrá la virtud de erigirse en una ventajosa herramienta de información y de análisis que, en forma completa y ordenada, integre el análisis de alternativas de inversión que día a día se gestan en la praxis negocial y en las actividades comerciales. Porque, como dicen Kiper y Lisoprawski, "aunque se lo propusiera, el pensamiento jurídico no podría ser puro pensamiento especulativo, indeferente a las realidades"
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/12443
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/
dc.subjectÁreas temáticas::INVESTIGACIÓN
dc.subjectÁreas temáticas::DERECHO::Derecho militar, tributario, mercantil, industrial
dc.subjectFIDEICOMISO CONTRACTUAL
dc.subjectVIVIENDA
dc.subjectPOLÍTICA INMOBILIARIA
dc.titleFideicomiso contractual ordinario. Análisis jurídico y tributario. Una modalidad: El inmobibliario
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ep.eprintid619
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ep.keywordsFIDEICOMISO CONTRACTUAL , VIVIENDA , POLÍTICA INMOBILIARIA ,
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En 1994, el legislador vino a poner coto a las circunstancias apuntadas, dedicándole por primera vez, al financiamiento de la vivienda y la construcción, un capítulo aparte en nuestra legislación.&#xD; Y fue así como tuvo génesis la ley 24.441, en la cual, con el fin de dotar de adecuadas herramintas a la política inmobiliaria y habitacional, se define y regula el fideicomiso en su faz contractual y testamentaria, y se crea su modalidad finaciera. Hoy trece años más tarde, es un extremo harto indiscutible que desde el mismo momento en que tuvo recepción legislativa en nuestro país, el instituto abrió múltiples y novedosas posibilidades jurídico negociales, inimaginables otrora, en tiempos en que sólo existían las disposiciones del Código Civil.&#xD; Gracias a sus reformas y reglamentaciones, el fideicomiso ha encontrado en Argentina un vasto campo de aplicación, cuya mayor providencia es su utilización como vehículo para canalizar emprendimientos ligados a la vivienda y a la construcción.&#xD; Pero, como suele ocurrir con todos los institutos de corta trayectoria, la experiencia negocial, en esta área específica, ha avanzado a pasos agigantados, dejando a los juristas del sector muy por detrás, caminando a paso de hombre. 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