Valoración de la prueba en delitos de violencia de género, la obligación de juzgar con perspectiva de género

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2023-11

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Resumen

Se analizará la sentencia dictada en los autos P. 133.042, caratulados “Altuve, Carlos Arturo, Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal s/queja”, en causa n° 95.429 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV, seguida a Cejas, Cesár Fabián”, con fecha del 14 de julio de 2021, mediante la cual la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires revocó la sentencia que había absuelto al imputado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma (art. 119, párrafo cuarto, inc, “d” de Código Penal). En el fallo bajo análisis se puede identificar un problema jurídico de prueba, en concreto, vinculado con la valoración de la prueba en el proceso penal cuando se juzga un delito contra la integridad sexual perpetrado contra una mujer. Los problemas de prueba, como explican Moreso y Vilajosana, se representan en la determinación de la premisa fáctica de una decisión judicial. La determinación de los hechos depende en gran medida del derecho y se encuentra sometida a una estricta regulación legal en distintos aspectos, entre los que corresponde mencionar aquellos que conciernen a la valoración de la prueba (2004). En ese contexto, el marco normativo delimitado al comienzo de estas líneas, como la condición de género - neutral de la tipificación de los delitos contra la integridad sexual en nuestro código penal, obliga a incluir la perspectiva de género en la consideración de las reglas de la valoración de la prueba.
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Palabras clave

Perspectiva de género, Nota a fallo, Valoración de la prueba

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