Fallo Pastore y la presunción de relación de dependencia

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2022-06

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En el presente trabajo se analizará la presunción de la relación de dependencia establecida en el marco del art. 23 de la ley de contrato de trabajo No 20744 y su aplicación en casos jurídicos ligados directamente a la prestación de servicios de profesionales médicos. En la década del 90 en nuestro país se produjo una reforma laboral que derivó en el fenómeno que conocemos actualmente como flexibilización laboral. Pese a los esfuerzos legislativos en regular las relaciones en esta materia, determinando principios que favorecen al trabajador quien resulta ser la parte más débil del contrato, tal es el caso del principio in dubio pro operario -regulado con la intención de proteger la dignidad del laborista en su condición de persona humana- y la presencia de situaciones jurídicas que salvaguardan al mismo en su función, como la de presumir cuando hay una prestación de servicios personales la existencia de un contrato de trabajo, los empresarios han logrado con el transcurso del tiempo evadir con eficacia la ley de contrato de trabajo no 20.7441, utilizando pantallas lícitas. Es decir, actos que se encuentran amparados en la misma, tales como la prestación de servicios en el marco de un trabajo autónomo, para eludir lo que conocemos como relación de dependencia.

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