“La constitucionalidad y validez de la Ley N° 26.639 de protección de glaciares: cuestiones de orden federal o provincial”.

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2021

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La Ley N° 26.639 de protección de glaciares fija los presupuestos mínimos para el reguardo de los mismo y del ambiente periglacial, tiene como objeto su preservación como reservas valiosas de los recursos hídricos para el uso y consumo de las personas, agricultura y como proveedores de recarga de agua de las cuencas hidrográficas, para la protección de la biodiversidad y como fuente de información científica y atractivo turístico. Asimismo el art.41° de la Constitución Nacional establece que “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”. De esta manera el art.41 viene a resguardar con un raigambre constitucional lo establecido en la Ley de protección de glaciares. Estas dos normativas son fundamentales en el análisis de este reciente fallo donde la Corte en unanimidad resuelve el fondo de la cuestión.

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fallo, derecho ambiental

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