Caso “Aráoz”: cuando el proceso es indebido, la violencia de género permanece.

dc.contributor.advisorQuintanilla, Maria Alejandra
dc.contributor.authorVerón, Celia
dc.date.accessioned2022-10-18T12:01:28Z
dc.date.available2022-10-18T12:01:28Z
dc.date.issued2022-09
dc.description.abstractEste trabajo abordará el análisis del fallo CSJ 649/2018/RH1, causa caratulada: “Aráoz, R A y otros s/ homicidio agravado por el vínculo conyugal por ensañamiento y mediando violencia de género”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 14 de octubre de 2021, el mismo deja en evidencia la falta de perspectiva de género que manifiestan los magistrados/as a la hora de dictar sentencia, en las distintas instancias, partiendo desde el Juzgado de primera instancia, pasando por la Cámara de Apelaciones e incluyendo al Superior Tribunal de Justicia de la provincia. Estos órganos jurisdiccionales que tienen la función de administrar justicia, son los que han vulnerado arbitraria y sistemáticamente la garantía constitucional del debido proceso que ampara tanto al imputado como a las víctimas de delitos. Es menester remarcar que tiene una garantía especial el derecho de las víctimas de la violencia de género a la tutela judicial efectiva y al acceso a la justicia.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/25372
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectNota a Falloes
dc.subjectGéneroes
dc.subjectViolencia domésticaes
dc.titleCaso “Aráoz”: cuando el proceso es indebido, la violencia de género permanece.es
dc.typebachelorThesises

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