El acceso a la información pública: Un derecho humano en permanente evolución
dc.contributor.advisor | Cocca, Nicolás | |
dc.contributor.author | Martínez, Gustavo Mario | |
dc.date.accessioned | 2022-08-02T20:21:47Z | |
dc.date.available | 2022-08-02T20:21:47Z | |
dc.date.issued | 2022-04 | |
dc.description.abstract | Este fallo de C.S.J.N., “Savoia, Claudio Martin c/EN - Secretaria Legal y Técnica (dto. 1172/03) s/amparo ley 16.986”. Fallo 315/2013 tiene una importancia especial, en virtud de constituir el primer pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que entre las componentes que fundamentan la razón de su decisión, está la aplicación de la reciente Ley de Acceso a la Información Pública (Ley Nº 27275), según se desprende de (Lozano y Fraiman, 2020). Dicha ley es un reflejo de los más altos estándares internacionales actuales en la materia. La otra arista a destacar, es la alta repercusión social del fallo, en función del tipo de información que solicitó el periodista Claudio Savoia a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación; pues se trató de decretos emanados de la última dictadura militar, conformada por una serie de gobiernos de facto, a cargo de Juntas Militares que se sucedieron en el poder entre 1976 y 1983, proceso en el que fueron violados sistemáticamente derechos humanos fundamentales. En el desarrollo de la causa se manifestó un problema de “relevancia jurídica”, dado que la normativa vigente aplicable al caso fue objeto de diferente interpretación, donde ocurrió, que el tribunal de primera instancia arribó a una decisión favorable para el demandante y posteriormente un tribunal de segunda instancia, determinando como aplicable idéntica norma concluyó en una resolución contraria a la del juez inferior. Esta circunstancia provocó un conflicto jurídico, cuya raíz fue la contrariedad de definiciones y resoluciones en torno a un único problema perfectamente identificado. La Corte Suprema superó el conflicto de intereses contrapuestos, anulando el dictamen del tribunal de alzada, haciendo lugar al amparo y devolviéndole las actuaciones a aquel, para que complete el pronunciamiento; para lo cual definió circunstanciadamente los alcances del mandato judicial a que se condena. El acceso a la información, si conlleva acceder a la verdad, es un aspecto medular para la vida en sociedad, y más aún, si con determinada información podemos reconstruir, en base datos verosímiles, una etapa de nuestra historia y con ello lograr la pacificación social, que en el caso de la República Argentina es una deuda que aún no está saldada en su totalidad, según se expresa en tal sentido en (Loreti y Lozano, 2015). | es |
dc.description.abstract | DESTACADO | |
dc.identifier.uri | https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/24568 | |
dc.language.iso | spa | es |
dc.rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional | * |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | * |
dc.subject | Nota a fallo | es |
dc.title | El acceso a la información pública: Un derecho humano en permanente evolución | es |
dc.type | bachelorThesis | es |
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