La vaguedad del art. 243 LCT y la defensa de los derechos fundamentales del trabajador
dc.contributor.advisor | Guillamondegui, Ramón Agustín | |
dc.contributor.author | Espil, Ester Verónica | |
dc.date.accessioned | 2022-11-15T15:52:03Z | |
dc.date.available | 2022-11-15T15:52:03Z | |
dc.date.issued | 2022-10 | |
dc.description.abstract | Según la Ley de Contrato de Trabajo, BO 27/09/1974, (en adelante, LCT) el despido por justa causa dispuesto por el empleador debe comunicarse por escrito, y con expresión suficientemente clara de los motivos en que se fundó la ruptura del contrato (art. 243). Sin embargo, la doctrina de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, afirma que por más que se logren demostrar las razones que justifican el despido, si la comunicación rescisoria no especifica de modo claro y concreto las circunstancias del mismo, éste no reviste justa causa. Frente a lo que son los derechos fundamentales del trabajador, y para comprender aún mejor cual es el alcance y aplicación de éste artículo es que se pone bajo estudio la sentencia emitida por la Suprema Corte de Mendoza en los autos “Alario Roberto Maximiliano En J: 155485 "Alario Roberto Maximiliano C/ Autotransporte "El Trapiche" S.R.L. P/ Despido" P/ Recurso Extraordinario Provincial (06/10/2021). En el referido decisorio, la justicia evalúa si el empleado (un chofer) que fue despedido con causa - conforme lo normado por el art. 243 LCT- debe ser indemnizado por la falta de mención clara de los motivos a los cuales se hizo referencia en el telegrama de despido. La importancia del análisis del citado precedente laboral, radica en que el mismo valoró que la desvinculación del trabajador por la referencia genérica “antecedentes laborales desfavorables” era insuficiente para tener por acreditados los requisitos previstos en el art. 243 LCT. Así entonces, su relevancia radica en primer término, con la interpretación lingüística del art. 243 de la LCT, en relación directa con el principio de buena fe, así como del art. 14 bis de la Constitución Nacional, del cual emana el espíritu proteccionista erguido en miras a sostener y demarcar los derechos y deberes que incumben a la relación laboral. | es |
dc.description.abstract | DESTACADO | |
dc.identifier.uri | https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/25686 | |
dc.language.iso | spa | es |
dc.rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional | * |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | * |
dc.subject | Modelo de caso | es |
dc.subject | Derecho laboral | es |
dc.subject | Despidos | es |
dc.title | La vaguedad del art. 243 LCT y la defensa de los derechos fundamentales del trabajador | es |
dc.type | bachelorThesis | es |
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