Trabajo final de grado
Acceso abierto

Supremacía constitucional del interés superior del niño en un contexto migratorio.

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Zavala, Dolores

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Universidad Siglo 21

Resumen

Dentro de los grupos en situación de vulnerabilidad se encuentran a los niños como sujetos plenos de derecho. Así lo han afirmado Papillú y Tanzi (2021): los menores de edad pasaron de ser considerados objetos de protección a ser reconocidos como sujetos plenos de derecho, transformación impulsada por la Convención sobre los Derechos del Niño y la reforma constitucional argentina de 1994. Esta perspectiva destaca su inherente situación de vulnerabilidad, derivada de su proceso de desarrollo físico y psíquico, lo cual exige un sistema jurídico que armonice su autonomía progresiva con garantías efectivas. Al respecto, Fernández (2021) reflexiona sobre el concepto y menciona que la vulnerabilidad constituye un principio bioético-jurídico de atención imprescindible en la era actual al operar como herramienta jurídica de fortalecimiento de los derechos de ciertas personas —sea individualmente consideradas o en cuanto miembros de grupos determinados—, cuya posibilidad de acción, expresión y decisión se aprecia debilitada, ética y jurídicamente, colocándolos en situación de hiposuficiencia o marginación. En materia de infancia, el principio de vulnerabilidad permite determinar criterios valorativos o pautas generales que orientan las acciones de los agentes u operadores; garantiza y refuerza el respeto de los restantes principios centrales establecidos en favor del niño y con ello, de sus derechos fundamentales. Según la autora, su aplicación brinda dos aportes centrales: define de forma amplia los derechos del colectivo "niños" y opera como corrector individual, adaptando esa protección a la situación concreta de cada niño y sus diversas vulnerabilidades.

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