La maternidad subrogada y la determinación de la filiación.

dc.contributor.advisorRebora
dc.contributor.authorGonzalez, Karina Fabiola
dc.date.accessioned2020-02-05T15:42:32Z
dc.date.available2020-02-05T15:42:32Z
dc.date.issued2019
dc.description.abstractEl presente Trabajo Final de Graduación buscará analizar si el art. 562 del CCCN resulta inconstitucional a la luz de la maternidad subrogada y los derechos que amparan a las personas que no pueden concebir hijos. Dicho instituto no se encuentra regulado en Argentina en la actualidad, pero en la práctica se hace uso del mismo ya que los modelos de familia han cambiado, y en los casos, por ejemplo, de un matrimonio de dos hombres que quisieran tener un hijo con alguno de sus genes, no tiene más remedios que recurrir a esta técnica. Por otro lado, este instituto es una forma de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida, las cuales están reguladas en el CCCN como una forma de filiación. Sin embargo, la maternidad subrogada en sí no encuentra regulación, aunque por aplicación del art. 562 del CCCN en este caso sería madre la persona que dio a luz y no la que prestó su voluntad procreacional.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/17343
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/*
dc.titleLa maternidad subrogada y la determinación de la filiación.es
dc.typebachelorThesises
ep.inventario008028

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