Perspectiva de género: ¿Corresponde aplicarla a la luz de la ley 26.485?

dc.contributor.advisorDescalzo, Vanesa
dc.contributor.authorGallardo, Daiana Noely
dc.date.accessioned2022-04-05T21:00:30Z
dc.date.available2022-04-05T21:00:30Z
dc.date.issued2021-11
dc.description.abstractSe utilizará el fallo “FC/Z. A. J. M. Y A. P. M. F. P/Casación” dictado por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza, en el año 2020. En el mismo, la SCJ hace lugar al recurso de casación; en el caso donde una mujer, víctima de violencia de género, es condenada a la pena de diecinueve años de prisión como partícipe necesaria del delito de abusos sexuales simples agravados por la convivencia y por ser encargado de la guarda preexistente en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores.es
dc.description.abstractDESTACADO
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/22293
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectViolencia de géneroes
dc.subjectIgualdad de oportunidadeses
dc.titlePerspectiva de género: ¿Corresponde aplicarla a la luz de la ley 26.485?es
dc.typebachelorThesises

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