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Adopción. Entrega directa y el interés superior del niño.

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Authors

Canal, Soledad Patricia

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Publisher

Universidad Siglo 21

Abstract

La presente nota a fallo tratará sobre los autos “Recurso de hecho deducido por E. L. G. K. y A. C. G. en la causa G., A. C. y otro s/ guarda con fines de adopción”, para decidir sobre su procedencia. Con fecha 20 de abril de 2023. El fallo se encuentra firme y versa sobre la vulnerabilidad del niño en relación al letargo de la justicia para resolver su situación de adoptabilidad. El fallo resuelve sobre la procedencia del recurso extraordinario federal, solicitado por los pretensos guardadores de una menor, que fue entregada por su progenitora de manera directa cuando nació en 2012. Los mismos solicitaron la guarda con fines de adopción y, luego de varias instancias, se termina rechazando el recurso extraordinario local, para lo cual habían pasado más de 6 años, tiempo donde la menor desarrolló lazos afectivos, su personalidad y madurez junto a los actores. Este fallo es muy interesante porque analiza al grupo vulnerable “niños”, y resuelve teniendo en consideración el interés superior del niño, evaluando el desarrollo de la niña durante los años en que el conflicto estuvo en la justicia. Los jueces resuelven considerando la realidad social de la niña, poniendo a ésta sobre lo que jurídicamente correspondía. Por un lado, por la falta de celeridad de la justicia en casos tan delicados como la adopción, donde el tiempo es trascendental; y por otro lado, tuvieron en cuenta que aplicar solo el derecho vigente impactaría negativamente en la niña, provocándole un daño que no podría ser reparado en el futuro.

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