La confiscatoriedad del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta

dc.contributor.advisorUniversidad Siglo 21
dc.contributor.authorWeissbein, Nicolás
dc.date.accessioned2016-11-21T23:22:02Z
dc.date.available2016-11-21T23:22:02Z
dc.date.issued2015
dc.description.abstractCon la promulgación y publicación de la ley 25.063 del año 1998, se creó en la República Argentina el Impuesto a La ganancia Mínima Presunta, cuyo hecho imponible es la existencia de bienes afectados a actividades empresarias, incluidos los inmuebles rurales afectados o no a una explotación. Dicho impuesto fue instaurado sobre la base de los activos dentro del patrimonio del sujeto, sin tener en cuenta el pasivo, y desentendiéndose de las utilidades efectivas. Teniendo en cuenta el requisito de “no confiscatoriedad” como garantía material con el que debe cumplir un tributo, y la situación en la que se encuentra el sujeto pasivo del Impuesto a La Ganancia Mínima Presunta, el presente trabajo de investigación se propone analizar la constitucionalidad del Impuesto a La Ganancia Mínima Presunta determinando si el mismo es o no es confiscatorio dentro de los parámetros que la doctrina y la jurisprudencia establecieron para definir la “confiscatoriedad”.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/12902
dc.language.isospaes
dc.subjectTributoes
dc.subjectImpuesto a la Ganancia Mínima Presuntaes
dc.subjectConfiscatoriedades
dc.titleLa confiscatoriedad del Impuesto a la Ganancia Mínima Presuntaes
dc.typebachelorThesises
ep.inventario003178

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