Ordenanza Municipal “Descanso dominical del trabajador”, ¿regulación del horario comercial o regulación laboral?

dc.contributor.advisorDescalzo, Vanesa Natalia
dc.contributor.authorAnghinolfi, Juan Pablo
dc.date.accessioned2022-10-27T13:48:12Z
dc.date.available2022-10-27T13:48:12Z
dc.date.issued2022-09
dc.description.abstractEl art. 197 de la ley 20.744 de Contrato de Trabajo determina que se entiende por jornada de trabajo, a “todo el tiempo durante el cual el trabajador esté a disposición del empleador en tanto no pueda disponer de su actividad en beneficio propio”. Por otro lado, el descanso es el plazo mínimo que debe existir entre jornada y jornada o en cada semana o anualmente (Etala, 2018). Respecto al descanso semanal, tanto la Ley 18.204 como el art. 204 de la LCT establecen como regla general la prohibición de la ocupación del trabajador desde la hora trece del día sábado hasta la hora veinticuatroes
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/25424
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectOrdenanza Municipales
dc.subjectDescanso Dominicales
dc.subjectDerechos Laboraleses
dc.titleOrdenanza Municipal “Descanso dominical del trabajador”, ¿regulación del horario comercial o regulación laboral?es
dc.typebachelorThesises

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