La Compensación Económica desde la perspectiva de género.

dc.contributor.advisorGulli, María Belén
dc.contributor.authorMartinez, María Laura
dc.date.accessioned2022-08-19T12:56:39Z
dc.date.available2022-08-19T12:56:39Z
dc.date.issued2022-06
dc.description.abstractPara entender cómo fallar con perspectiva de género, es preciso situarse en el concepto del mismo. Al respecto, Benavente (2007) refiere a este como: [U]na construcción cultural que a partir del sexo biológico determina roles, identidades y espacios de acción de manera diferenciada. Está basado en un sistema de creencias y prácticas acerca de cómo deben ser los hombres y las mujeres, y cómo deben actuar en relación a sus comportamientos, sentimientos y pensamientos (p, 75). Comprendido este concepto se puede observar que en la reforma de la Constitución nacional de 1994 (en adelante CN), se introdujeron modificaciones muy importantes para los derechos de las mujeres en Argentina, al ratificar diversos instrumentos internacionales como la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (en adelante CEDAW), la cual fue base para legislar la Ley Nacional de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra Las Mujeres (en adelante Ley n° 24632).es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/24882
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectNota a Falloes
dc.subjectNeuquénes
dc.subjectViolencia de Géneroes
dc.titleLa Compensación Económica desde la perspectiva de género.es
dc.typebachelorThesises

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