Constitucionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial en la gestación por sustitución.

dc.contributor.advisorMolinero
dc.contributor.authorGomez, Mariela Paola
dc.date.accessioned2020-02-07T19:23:03Z
dc.date.available2020-02-07T19:23:03Z
dc.date.issued2019
dc.description.abstractLa voluntad de constituir nexos familiares que generen descendencia es una facultad inherente a la mayoría de los individuos, que han promovido la continuidad de la especie humana con el transcurso de los siglos. En este contexto y en paralelo a las formas naturales, surgen nuevas técnicas científicas que, a través de prácticas médicas posibilitan a quienes por diversas razones no pueden concebir dar lugar a la maternidad-paternidad. Surge entre ellas, la gestación por sustitución que prevé que dos personas comitentes, expresen su voluntad mediante un instrumento público y sea una mujer, ajena a la relación de pareja quien lleve a término el embarazo. En el año 2015 entró en vigencia el Código Civil y Comercial que omitió el tratamiento de la figura, dando lugar a numerosos planteos, entre ellos la constitucionalidad del vigente artículo 562 en torno a la alusión de que “madre es quien da a luz”, situación que el presente trabajo de investigación tendrá a bien analizar.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/17390
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/*
dc.titleConstitucionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial en la gestación por sustitución.es
dc.typebachelorThesises
ep.inventario008086

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