Tensión entre el derecho de acceso a la información pública y el derecho de protección de datos personales: Análisis del fallo Garrido

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2021-11

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Se analizará el fallo “Garrido, Carlos Manuel c/ EN - AFIP s/ amparo ley 16.986” (2016), el máximo Tribunal Nacional fijó el alcance y delimitó los contornos del derecho de acceso a la información pública cuando se busca conocer datos vinculados a funcionarios y gobernantes. Indicó que una interpretación que permita la coexistencia armónica de las disposiciones existentes en el ordenamiento nacional en materia de datos personales de acceso a la información, lleva a sostener que las disposiciones establecidas en la ley 25.326, en cuanto subordinan la cesión de esos datos a la existencia de un interés legítimo, no alcanzan a aquellos supuestos relativos a información personal que forma parte de la gestión pública. La CSJN se encontró ante un problema de relevancia jurídica, en cuanto tuvo que identificar en cuál de las premisas normativas debió subsumirse la premisa fáctica, esto es, si la información requerida se encontraba inmersa en los supuestos de excepción que el ordenamiento contemplaba para negar el acceso, según lo establecido en la ley 25.236, o si por el contrario, la solicitud efectuada por el diputado Garrido se ajustaba a las disposiciones contenidas en el decreto 1172/03 de acceso a la información pública en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional. Estamos frente a un caso donde se encuentran dos normas vigentes y pertenecientes a un mismo sistema normativo, “pero no pueden ser aplicadas al mismo tiempo, con lo que se debe decidir cuál de las normas en conflicto será la aplicable.” (Moreso y Vilajosana, 2004, p. 186). Por todo lo expuesto, la decisión alcanzada por la Corte en el fallo se erige como un considerable antecedente jurisprudencial que amerita un análisis exhaustivo.

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Acceso a la información pública

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