El fallo “Mamani”: La importancia de la evaluación de impacto ambiental

dc.contributor.advisorGulli, Belén
dc.contributor.authorBaigorria Dalal, Juan Pablo
dc.date.accessioned2021-10-27T11:46:00Z
dc.date.available2021-10-27T11:46:00Z
dc.date.issued2021-04
dc.description.abstractA través del art. 41 de la Constitución Nacional se establece de manera expresa el derecho-deber a gozar de un medio ambiente sano, y que su aprovechamiento debe efectuarse de modo responsable a fin de no comprometer el desarrollo sostenible de las generaciones presentes y futuras (Monzón Capdevila, 2020). Es así que para cumplir con la manda constitucional y prevenir el daño ambiental, la ley general de ambiente prevé un instrumento de política y gestión ambiental esto es, la llamada evaluación de impacto ambiental (en adelante EIA). Ésta, tiende a identificar de antemano los presuntos daños colaterales que una acción antrópica puede generar sobre el medio, y arbitrar las acciones necesarias para prevenirlos antes de que aquella sea aprobada por la autoridad administrativa (Cafferatta, 2003). Es así que finalmente se obtendrá una decisión administrativa que autorice o rechace la realización del proyecto, pero de ninguna manera la ley admite la aprobación condicionada de los mismos (art. 12 Ley 25.675).es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/21023
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectNota a Falloes
dc.titleEl fallo “Mamani”: La importancia de la evaluación de impacto ambientales
dc.typebachelorThesises

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