El derecho a la comunicación con ascendientes en caso de adopción plena.

dc.contributor.advisorUniversidad Siglo 21
dc.contributor.authorKunzi, María Florencia
dc.date.accessioned2019-12-18T22:10:38Z
dc.date.available2019-12-18T22:10:38Z
dc.date.issued2019
dc.description.abstractEl Código Civil y Comercial ha introducido diversas modificaciones al proceso de adopción. En relación a ello, se ha modificado el derecho a la comunicación de los niños con sus ascendientes. Asimismo, en el caso del proceso de adopción plena el nuevo plexo normativo nada ha dicho. En tal sentido, el presente trabajo de investigación analizará la legislación vigente en materia de adopción y la comunicación de los ascendientes. A su vez, se abordarán las diferentes posturas doctrinarias sobre ello y cómo impacta en el niño, teniendo en cuenta su interés superior. Ello, a los fines de analizar si existe obligación en la comunicación con los abuelos biológicos en casos de adopción plena o bien el mismo sólo debe ser garantizado en caso de vínculo afectivo.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/17174
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/*
dc.titleEl derecho a la comunicación con ascendientes en caso de adopción plena.es
dc.typebachelorThesises
ep.inventario007603

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