Frente a una enfermedad que no existe, el despido ¿es discriminatorio?

dc.contributor.advisorQuintanilla, María Alejandra
dc.contributor.authorGraef, Lorena Mabel
dc.date.accessioned2023-08-24T14:49:21Z
dc.date.available2023-08-24T14:49:21Z
dc.date.issued2023-07
dc.description.abstractEl tema seleccionado para realizar este trabajo son los Derechos fundamentales en el mundo del trabajo. Futuro y presente del derecho del trabajo, y continuando esta línea se analizará el fallo judicial en los autos caratulados “ÁVALOS GLADIS MABEL C/BANCO DE CORRIENTES S.A. S/IND.”, Expediente N° 200937/20, dictada por el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, Secretaria Jurisdiccional N° 2. El mismo hace referencia al despido discriminatorio. En esta causa, una trabajadora luego de demostrar por vía de amparo no padecer del "Trastorno Bordeline", que le había diagnosticado la Junta Médica, solicitó a su empleador ser reubicada nuevamente a su puesto de trabajo anterior, lo cual le fue rechazado y en consecuencia se produce el despido de la trabajadora.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/28035
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectNota a Falloes
dc.subjectDerecho del Trabajoes
dc.subjectDespidoes
dc.titleFrente a una enfermedad que no existe, el despido ¿es discriminatorio?es
dc.typebachelorThesises

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